Mensaje
por Tiramisu » Dom 31/03/13 11:19
Tal y como lo entiendo creo que se refiere a desplazamientos en horario laboral, es decir, las horas de faena. Es que si se refiere al desplazamiento de tu casa al trabajo, pondría la mano en el fuego a que no te pueden obligar a ir en coche, moto, burra, triciclo... cada uno ira como buenamente pueda o quiera. En mi empresa el tiempo que te cubre en los desplazamientos casa-trabajo es de una hora, pero como bien dice edu, habrá ciudades en las que por diversos motivos tardas mucho más en llegar a tu puesto.
En definitiva, que si se refiere al desplazamiento en tiempo efectivo de trabajo sería la empresa la encargada de proporcionarte el vehículo que se le antoje; si por otra parte, se refiere al desplazamiento de tu casa al trabajo , cada uno podrá ir como quiera. Esa es mi opinión, que no quiere decir que esté en lo cierto.
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Benidorm is different