En mi caso la compañia, en el escrito de indemnización me dice que me cede los restos. Entiendo entonces que el taller puede darla de baja o si quisiera arreglarla y seguir circulando con ella, ya no sería mi problema.
Yo he firmado contrato de compra venta con el taller.
Tendré que comunicarselo a mi seguro de la moto, lo digo para ver si me puedo beneficiar de lo que me queda de seguro, al comprar la nueva.
No se si me he explicado bien...
Gracias por vuestras respuestas
