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Posible accidente...
Publicado: Jue 06/08/09 11:51
por masando
No ha pasado nada, pero os explico lo que pudo pasar para ver que os parece:
Resulta que voy circulando por un carril de la Gran Vía en Madrid y decido cambiarme a otro, la verdad es que no miro y de repente viene circulando entre coches otra moto bastante follada. De repente, me doy cuenta y freno en seco, la otra moto tambien; nos quedamos mirando y le dejo pasar...
Si hubieramos chocado gracias a Dios no pasó nada, quien tendría la culpa?
Por una parte yo no miro para cambiarme, pero él viene entre coches y bastante follado de velocidad.
Que os parece??
Feliz verano a todosss
Publicado: Jue 06/08/09 12:05
por gondrullo
si no has marcado el cambio de carril con la mano o con el intermitente, la culpa es tuya, porque será imposible probar que el otro iba a toda pastilla, por mucho que tú lo digas. Un testigo valida una afirmación del tipo "no marcó el intermitente", pero no valida una del tipo "iba a toda pastilla". Eso sería una percepción personal, y no puede tenerse en cuenta. La velocidad es una cifra y hay que medirla. Si no hay aparataje, se queda en nada.
Publicado: Jue 06/08/09 12:06
por juanmax
gondrullo escribió:si no has marcado el cambio de carril con la mano o con el intermitente, la culpa es tuya, porque será imposible probar que el otro iba a toda pastilla, por mucho que tú lo digas. Un testigo valida una afirmación del tipo "no marcó el intermitente", pero no valida una del tipo "iba a toda pastilla". Eso es empírico y hay que medirlo. Si no hay aparataje, se queda en nada.
+ 1
Publicado: Jue 06/08/09 12:15
por clisal
La opción primera es quién circula por el propio carril (osea el culpable es el cambia de carril señalice o no la maniobra) y en el caso de que ambos no circulen correctamente por un carril determinado la preferencia en el cambio de carril la tiene el que circula por la derecha.
A todo esto no le afecta ni la velocidad ni la señalización de la maniobra porque ambas no se pueden demostrar, en el caso de la velocidad iba rápido o podía parecer que iba rápido, incongruencia. En el caso de la señalización tu puedes poner el intermitente y en ese momento se puede fundir la lámpara, incongruencia también.
En un juicio, solo las pruebas consistentes tienen validez, para eso se creó los derechos de preferencias, para evitar dudas.
Publicado: Jue 06/08/09 12:15
por meloalfonso
+1
Publicado: Jue 06/08/09 12:25
por Raul07
gondrullo escribió:si no has marcado el cambio de carril con la mano o con el intermitente, la culpa es tuya, porque será imposible probar que el otro iba a toda pastilla, por mucho que tú lo digas. Un testigo valida una afirmación del tipo "no marcó el intermitente", pero no valida una del tipo "iba a toda pastilla". Eso sería una percepción personal, y no puede tenerse en cuenta. La velocidad es una cifra y hay que medirla. Si no hay aparataje, se queda en nada.
Yo creo q el compañero tiene razon
+1
Publicado: Jue 06/08/09 14:24
por StReeThaWk
No!
Si la vía es de 3 carriles para el mismo sentido y se da el alcance, pues en estas circunstancias no se reconoce la colisión, sólo el alcance (término técnico que los que saben saben lo que significa), la preferencia de ocupación de carril no se aplica "dentro de poblado".
Un compañero ha descrito la preferencia de uso de carril por parte del que lo hace por la derecha, lo cual, además, es erroneo... En vías de más de 2 carriles, ya sean los 3 en el mismo sentido, o sean 2 en el mismo sentido y uno en sentido contrario, incluso uno para cada sentido y el central reversible; tiene preferencia el que "regresa a la derecha" es decir, el que lo hace desde la izquierda al central o del central al derecho.
Pero sólo es aplicable en vías "fuera de poblado"... (Fuente: G.C. de Tráfico).
Policía Local (de La Coruña) salvo que pueda demostrar fehacientemente, con marcas de frenada, imágenes, declaraciones de testigos visuales directos (ejemplo, el del coche que iba detrás y vio todo delante de sí sin obstáculos y de forma directa) determina inviable la clarificación o determinación de responsabilidades y, por tanto, cada cual asume sus propios daños.
Existe una Ley que dice, o viene a decir, que el ciudadano tendrá la obligación de asumir ciertos perjuicios cuando la Ley, o la Justicia, habiendo puesto todos sus medios sea incapaz de proporcionar un responsable al que condenar, quedando exonerada la Administración del Estado de dicha indemnización.
Por lo tanto... concluyo: Creo que cada uno se tendría que levantar y asumir sus daños.
Salvo los de las heridas, los daños personales y gastos médicos y hospitalarios los asume de forma recíproca la Cía. de Seguros contraria, haya, o no, responsabilidad, culpabilidad, dolo o malicia... salvo que se demuestre alguna de estas últimas causas.
La tuya asume los gastos del contrario, y la del contrario asume los tuyos.
Saludos y cuidadito en esas maniobras...
Publicado: Jue 06/08/09 14:48
por X-MeRiNo
pienso k el culpable serias tu por invadir su carril (te cambias de un carril a otro) y aunke pongas el intermitente la culpa tambien seria tuya!!!