LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

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LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por knibal666 » Mié 13/11/13 21:38

El otro día, hablando con el compañero Perti1014, y aprovechando que está "metido en el ajo" por su condición de Policía Local, salió el tema de si los convalidados pueden salir del territorio nacional o no; y Perti ha hecho los deberes y aquí están los resultados.

http://www.uplb.net/images/legislacion/ ... ctores.pdf

Muchas gracias, Perti1014!! :wink:
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ALEX

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Re: CONVALIDACIÓN

Mensaje por edu » Mié 13/11/13 21:42

Seguro que a muchos compis les interesa.
Buena aportacion "perti"
Con el tiempo nos acabamos conociendo todos!!!

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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por barbas » Mié 13/11/13 23:42

Buena aportación. 8)

Supongo que cuidado para los que van a Andorra (digo por la proximidad y las compras, al igual que el cruzar a Portugal y Francia).
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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por knibal666 » Mié 13/11/13 23:52

El mismo día que hablamos de este tema, alguien dijo que en Andorra hacen "la vista gorda", porque les interesa que entre cuanta más gente mejor, sea en 125, en 250 o en coche. Lo que ya no está tan claro, es qué pasaría si tuvieramos, por ejemplo, un accidente en territorio andorrano. Si alguno de vosotros sabe algo más de este tema, ya no a nivel legal, que está claro, sino a nivel real, que lo diga. Estamos preparando una salida para la primavera del año que viene a Collioure, en Francia, y nos gustaría que nuestros compis de las 125 se vinieran con nosotros.
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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por barbas » Jue 14/11/13 00:07

Contestación a esa pregunta desde Andorra:

(cita...)

Estimado Sr.

Confirmarle que no va a tener ningún problema al conducir un moto de 125cc, con el permiso B español en Andorra, con la única salvedad de que dicha motocicleta debe disponer de la carta verde que debe proporcionarle su compañía de seguros, para autorizarla a circular fuera del territorio español.

Sin dicho documento, lamentablemente, no estará autorizado a conducir su motocicleta fuera del mencionado territorio español.

Saludos cordiales.

Oficina de Turismo de Andorra
Madrid
Tel. (+34) 91 4317453
www.andorra.es

(fin cita)

En Francia y Portugal directamente no vale nuestro permiso. Además en Francia hay que llevar brazalete, chaleco, o algo similar (está definido) reflectante y un alcoholímetro (multa 10 euros).
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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por fredycruger » Jue 14/11/13 15:19

barbas escribió:Contestación a esa pregunta desde Andorra:

(cita...)

Estimado Sr.

Confirmarle que no va a tener ningún problema al conducir un moto de 125cc, con el permiso B español en Andorra, con la única salvedad de que dicha motocicleta debe disponer de la carta verde que debe proporcionarle su compañía de seguros, para autorizarla a circular fuera del territorio español.

Sin dicho documento, lamentablemente, no estará autorizado a conducir su motocicleta fuera del mencionado territorio español.

Saludos cordiales.


Oficina de Turismo de Andorra
Madrid
Tel. (+34) 91 4317453
http://www.andorra.es

(fin cita)

En Francia y Portugal directamente no vale nuestro permiso. Además en Francia hay que llevar brazalete, chaleco, o algo similar (está definido) reflectante y un alcoholímetro (multa 10 euros).
Osea que los de 125 podremos ir a andorra,pero no podremos ir a collioure? :(I ,Pues podriamos ir a andorra,yo lo suelto aqui,haber si la gente decide para ir mas personas :/- :/- :L :wink:
No importa que marca montas, la brisa es siempre la misma. Pero si es Yamaha mejor!
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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por soilengreen » Jue 14/11/13 20:09

barbas escribió:Buena aportación. 8)

Supongo que cuidado para los que van a Andorra (digo por la proximidad y las compras, al igual que el cruzar a Portugal y Francia).
En Andorra les da lo mismo y su legislación es mucho mas laxa, lo que quieren en que te dejes los euros y en Francia si no han cambiado las leyes hace mas años que en España que se puede llevar 125 con el B
Hay que ir comprobando la legislación de cada país
EDIT
Han cambiado la legislación en Francia y permite conducir una 125 pero con estas imposiciones:
Tener el B antes del 2011 y justificar que se ha conducido 5 años antes del 2011 una 125, evidentemente al estar en España esto no se puede justificar
Tener el B al menos desde el 2011 y hacer un cursillo de 7 horas practico, otra cosa que veo complicada pero no imposible
Si te trincan con el B y una 125 sin cumplir esas condiciones 135€ de multa, que se me haces baratas al lado de España que enseguida te meten de 200€ para arriba.
La catégorie B du permis de conduire autorise la conduite, sur le territoire national uniquement, d'une motocyclette légère ou d'un tricycle (scooter à 3 roues) à certaines conditions.
Doit-on suivre une formation ?

L'obligation de suivre une formation dépend du fait d'avoir déjà conduit ou non un 2 ou 3 roues avant 2011.
Si vous conduisiez un 2 ou 3 roues avant 2011

Si vous possédez le permis B depuis au moins 2 ans et que vous pouvez justifier avoir conduit une motocyclette légère ou un scooter à 3 roues au cours des 5 dernières années avant le 1er janvier 2011, quelle que soit la durée d'assurance, vous êtes exempté de l'obligation de suivre la formation pratique.

Si vous possédez le permis B et que vous pouvez justifier avoir conduit un scooter à 3 roues au cours des 5 dernières années avant le 1er janvier 2011, quelle que soit la durée d'assurance, vous êtes exempté de suivre la formation pratique.

La justification, dans les 2 cas, doit être apportée par la présentation en cas de contrôle par les forces de l'ordre, d'un relevé d'informations établi par votre assureur.
Si vous ne conduisiez pas un 2 ou 3 roues avant 2011

La catégorie B du permis de conduire vous autorise à conduire en France, une motocyclette légère ou d'un tricycle (scooter à 3 roues) d'une cylindrée égale ou supérieure à 50 cm3 et inférieure ou égale à 125 cm3, à condition que :

vous soyez titulaire du permis de conduire de la catégorie B depuis au moins 2 ans,

et que vous ayez suivi une formation pratique.

La formation peut être suivie dès le mois qui précède la date anniversaire des 2 ans d'obtention du permis B.

Depuis le 1er janvier 2011, la durée de la formation pratique est de 7 heures au lieu de 3 précédemment, mais si vous avez suivi la formation de 3 heures, vous en conserver le bénéfice.
Contenu de la formation

La formation est dispensée dans un établissement ou une association agréés par le préfet et elle peut être dispensée sur une motocyclette légère ou un scooter à 3 roues.

Elle comprend :

un module théorique de 2 heures destiné notamment à vous faire appréhender les accidents les plus fréquents en 2 roues, la conduite sous la pluie ou de nuit, la nécessité d'être équipé de vêtements protecteurs...

un module hors circulation de 2 heures pour vous permettre de découvrir le véhicule et ses caractéristiques,

un module en circulation de 3 heures, en et hors agglomération, pour vous permettre notamment d'adapter votre vitesse aux conditions de circulation et aux autres usagers de la route.

À l'issue de cette formation, vous recevez une attestation délivrée par l'établissement d'enseignement qui conserve, dans ses archives, pendant 5 ans, la liste des bénéficiaires de l'attestation.

En cas d'invalidation ou d'annulation du permis, le bénéfice de la formation reste acquis.
Haut
Quel type de 2 ou 3 roues peut-on conduire ?

La catégorie B du permis de conduire vous autorise à conduire en France :

une motocyclette légère d'une cylindrée égale ou supérieure à 50 cm3 et inférieure ou égale à 125 cm3 et dont la puissance n'excède pas 11 kilowatts,

ou un tricycle (scooter à 3 roues) de la catégorie L5e d'une cylindrée supérieure à 50 cm3, dont la vitesse maximale dépasse 45 km/h et dont le poids à vide n'excède pas 1000 kg.

Haut
Quelles sont les sanctions ?

En cas de contrôle par les forces de l'ordre, vous devez présenter immédiatement :

soit un certificat de formation,

soit un relevé d'informations fourni par l'assureur, attestant de l'antériorité de la conduite d'un 2 ou 3 roues motorisé.

Le non-respect de cette réglementation est passible d'une amende de 4ème classe ( 135 € ).
Qué bueno que viniste.

Motero, acepta este buen consejo, ni se te ocurra llevar jamas tu moto a norauto.

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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por barbas » Jue 14/11/13 20:30

Ojo en caso de accidente, o de recaben la documentación por cualquier motivo, que eso parece que no es exacto en Andorra. Otra cosa es que uno a sabiendas no considere el llevarlo. Creo que es como te comentaba más arriba:
barbas escribió: "...no va a tener ningún problema al conducir un moto de 125cc, con el permiso B español en Andorra, con la única salvedad de que dicha motocicleta debe disponer de la carta verde ...

... Sin dicho documento, lamentablemente, no estará autorizado a conducir su motocicleta..."

En Francia y Portugal directamente no vale nuestro permiso. Además en Francia hay que llevar brazalete, chaleco, o algo similar (está definido) reflectante y un alcoholímetro (multa 10 euros).
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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por soilengreen » Sab 16/11/13 12:25

La legislación andorrana va al par que la hispano-francesa, si mañana autorizan llevar con el B un Boing 747 pues queda autorizado en Andorra automáticamente. Lo de la carta verde es de traca, es una tocada de huevos porque la tienes que pedir, normalmente cuando sacas un seguro nuevo te la dan pero al renovarse si no lo reclamas a la aseguradora no te lo envían. :_N
No viene mucho a cuento pero, en Andorra en coche no estas obligado a usar los cinturones en los asientos traseros, si en los delanteros y como el casco en moto también es obligatorio, consultado por mi en septiembre/2013 a un señor pulisia andorrano en Sant Julià de Lòria
Qué bueno que viniste.

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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por fireboy » Sab 16/11/13 16:18

Pues si son asi las leyes yo no entiendo como los ingleses pueden circular con una autocaravana y con un coche detras remolcado y aqui esta prohibido por ley.
soy tan rápido que la inteligencia no me coje

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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por knibal666 » Sab 16/11/13 20:17

Los franceses también vienen aquí conduciendo con 16 años, acogiéndose al sistema del "Conductor acompañado" que tienen implantado en su pais. Y aquí no se puede... Es lo mismo.
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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por barbas » Sab 16/11/13 22:10

knibal666 escribió:Los franceses también vienen aquí conduciendo con 16 años, acogiéndose al sistema del "Conductor acompañado" que tienen implantado en su pais. Y aquí no se puede... Es lo mismo.
Cierto Alex.

Lo importante es el título que nos comento soilengreen

Francia y España tiene legislación distinta. Es mejor no complicar; mejor puntualizar en cada caso.

Y ahora comentamos de ir a Andorra ¿no? Si no pasa nada pues no pasa nada.

Por cierto: Puntualizo lo de la carta verde, que corre a favor de no llevarla pero con matices: LLEVAR EL RECIBO DEL SEGURO:

La Carta Verde es un documento reconocido en más de 40 países, incluyendo todos los países que forman parte de la Unión Europea.

No es preciso disponer físicamente de la Carta Verde para cruzar las fronteras en la Unión Europea (UE), ya que cada póliza de seguro de automóvil emitida en un estado miembro de la UE garantiza la cobertura mínima de seguro requerida por la ley en otro estado miembro.

La Carta Verde tampoco es necesaria para Islandia, Noruega, Suiza (incluyendo Liechtenstein) y Andorra.

En los países donde no es obligatorio circular portando la Carta Verde, el aseguramiento deberá ser acreditado mediante documento fehaciente en vigor (póliza de seguro, recibo al corriente de pago, etc). En cualquier caso, al tratarse de un documento con contenido estandarizado para los países adheridos al sistema, es recomendable llevarlo siempre consigo, ya que facilitará cualquier trámite en caso de necesidad.


Extraído de Fenix Directo

Total… si yo no pienso ir a Andorra y menos en moto… :(I
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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por soilengreen » Lun 18/11/13 18:27

barbas escribió:La Carta Verde tampoco es necesaria para Islandia, Noruega, Suiza (incluyendo Liechtenstein) y Andorra.
Para que veáis que los mismos andorranos no saben muy bien ni lo que dicen, en Andorra no es obligado llevar carta verde pero en 125 con B si, ¿comor? O:_ me lo explique por favor
Los alemanes llevan moto con remolque. Otro tema son los vehículos transformados, aquí como mucho puedes cambiar el color del coche/moto (de momento te dejan) y en los coches puedes subir de pulgadas la llanta mientras puedas bajar el perfil para que el diámetro quede igual, a partir de ahí todo es soltar billetes a manta para poder hacer poca cosa. 8-00
Yo si subo a Andorra, al menos un par de veces al año en moto y alguna mas en coche, eso si yo tengo el A (antiguo A-2) pero de carta verde nada de nada.
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Re: LA CONVALIDACIÓN PERMISO B POR A1 SOLO ES NACIONAL

Mensaje por barbas » Lun 18/11/13 21:12

Entonces -por dejar algo puntualizado- creo que:

Los de Andorra llevad el recibo del seguro:

Cita.-(En los países donde no es obligatorio circular portando la Carta Verde, el aseguramiento deberá ser acreditado mediante documento fehaciente en vigor (póliza de seguro, recibo al corriente de pago, etc).
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