CONSEJOS EN ACCIDENTE SIN CONTRARIO
Publicado: Sab 01/12/07 16:10
Hola xmaxer@s,
Como sabeis el pasado dia 8 tuve un accidente provocado por una mancha de gasoil en la calzada
Este hecho y el contacto con aseguradora, abogados y Guardia urbana me ha permitido informarme de cómo debemos actuar en caso que suframos un accidente sin contrario y cuya causa sea un mal estado de la calzada (agujeros, ausencia de adoquines, manchas de aceite o gasoil...)
*1º/// Lo primero y más importante: llamar a Guardia Urbana, policia local o autonómica, Guardia Civil dependiendo de la zona e informarles del lugar del accidente y de la causa. Si la causa es externa y no por una imprudencia del motorista la policia o guardia civil tiene la obligación legal de personarse y emitir un atestado (informe) que se debe complementar con fotografias. No sirven la fotos hechas por otras personas que no se consideren autoridad pues podrian haber sido manipuladas. Recordad que la policia tiene presuncion de veracidad, en pocas palabras lo que dicen tiene peso legal, va a misa. Tienes que avisar en el mismo momento, no sirve "tengo prisa llamo mañana", pues la policia no podra dar fe que el accidente se ha producido cuando y donde tu les dices. No lo olvides
**2º// Avisar a tu compañía aseguradora del siniestro quien contactará con el cuerpo que ha realizado el atestado y recabará una copia. El coste de esta copia lo asume la aseguradora (si quereis una vosotros en Bcn vale unos 40€, no se en otras zonas) y no debes pagarla tu en ningun caso. Esta incluido en el coste de la prima
***3º// Si en el atestado queda manifiesto que la "relación causal" del accidente ha sido la mancha, agujero, etc. teneis mucho a ganar pues la aseguradora podrá iniciarlos trámites para reclamar los daños materiales y por lesiones si se han producido
***4º// Si bien es cierto que el culpable de una mancha, agujero, vertido es aquel vehículo o particular que lo ha causado, el último responsable (responsable civil subsidiario) es el Ayuntamiento del municipio donde se ha producido el accidente, pues debe mantener la calzada en perfecto estado y segura para la circulacion pero aqui es donde la cosa se complica. Segun me comentan los abogados de mi aseguradora, por defecto y evidentemente con un ánimo económico, los ayuntamientos intentan evitar esa responsabilidad indicando que la causa se ha producido con una inmediatez que no les ha permitido detectarla y corregirla. En pocas palabras si un vertido de aceite o gasoil se ha producido por ejemplo a las 11h, a las 11,15h no han tenido tiempo material para detectarlo y solucionarlo por lo que se lavan las manos. Pero quien decide si la causa es o no reciente, era o no subsanable a tiempo es el atestado de la policia. Es clave para la denuncia
*****5º// Si es reciente y no subsanable, desafortunadamente lo teneis crudo pues una posible sentencia en caso de juicio no será favorable. Si no es reciente, el juicio y sentencia se alargan pero acabas ganandolo.
******6º// En caso favorable el ayuntamiento sólo cubre los gastos sufridos en la moto (que previamente debereis haber peritado con vuestra compañía). Caso que hayais sufrido daños materiales (casco, cazadora, ropa, calzado o enseres tipo bolsas o mochilas) o daños físicos, la aseguradora y de forma paralela a la denuncia contra el ayuntamiento deberá iniciar un trámite con el Consorcio de Compensación de Seguros que es un organismo público (os paso el link por si quereis chafardear http://www.consorseguros.es/) quien asumirá, siempre que el atestado establezca dicha relacion causal del accidente, asumirá decia dichos gastos. En el caso de lesiones, abonará aprox 50€ por dia de baja laboral y 25€ por dia de baja médica, entendiendo por baja médica hasta que un profesional de la medicina (normalmente traumatólogo) indique en un informe los días que han conllevado tu proceso de recuperacion, es decir los dias que pasan entre que empiezas a trabajar de nuevo y que finalmente estas 100% curado gracias a rehabilitacion, ausencia de dolores musculares, fisioterapia...
El abono de esta indemnizacion por parte del Consorcio suele tardar unos 6 meses segun me indica el abogado
Buenos xmaxeros, he intentado ser lo más breve y se que no lo he conseguido pero espero que si por desgracia os veis envueltos en un tema de esto sigais estas pautas y...acabareis agradeciéndomelo
Salud a tod@s
Como sabeis el pasado dia 8 tuve un accidente provocado por una mancha de gasoil en la calzada
Este hecho y el contacto con aseguradora, abogados y Guardia urbana me ha permitido informarme de cómo debemos actuar en caso que suframos un accidente sin contrario y cuya causa sea un mal estado de la calzada (agujeros, ausencia de adoquines, manchas de aceite o gasoil...)
*1º/// Lo primero y más importante: llamar a Guardia Urbana, policia local o autonómica, Guardia Civil dependiendo de la zona e informarles del lugar del accidente y de la causa. Si la causa es externa y no por una imprudencia del motorista la policia o guardia civil tiene la obligación legal de personarse y emitir un atestado (informe) que se debe complementar con fotografias. No sirven la fotos hechas por otras personas que no se consideren autoridad pues podrian haber sido manipuladas. Recordad que la policia tiene presuncion de veracidad, en pocas palabras lo que dicen tiene peso legal, va a misa. Tienes que avisar en el mismo momento, no sirve "tengo prisa llamo mañana", pues la policia no podra dar fe que el accidente se ha producido cuando y donde tu les dices. No lo olvides
**2º// Avisar a tu compañía aseguradora del siniestro quien contactará con el cuerpo que ha realizado el atestado y recabará una copia. El coste de esta copia lo asume la aseguradora (si quereis una vosotros en Bcn vale unos 40€, no se en otras zonas) y no debes pagarla tu en ningun caso. Esta incluido en el coste de la prima
***3º// Si en el atestado queda manifiesto que la "relación causal" del accidente ha sido la mancha, agujero, etc. teneis mucho a ganar pues la aseguradora podrá iniciarlos trámites para reclamar los daños materiales y por lesiones si se han producido
***4º// Si bien es cierto que el culpable de una mancha, agujero, vertido es aquel vehículo o particular que lo ha causado, el último responsable (responsable civil subsidiario) es el Ayuntamiento del municipio donde se ha producido el accidente, pues debe mantener la calzada en perfecto estado y segura para la circulacion pero aqui es donde la cosa se complica. Segun me comentan los abogados de mi aseguradora, por defecto y evidentemente con un ánimo económico, los ayuntamientos intentan evitar esa responsabilidad indicando que la causa se ha producido con una inmediatez que no les ha permitido detectarla y corregirla. En pocas palabras si un vertido de aceite o gasoil se ha producido por ejemplo a las 11h, a las 11,15h no han tenido tiempo material para detectarlo y solucionarlo por lo que se lavan las manos. Pero quien decide si la causa es o no reciente, era o no subsanable a tiempo es el atestado de la policia. Es clave para la denuncia
*****5º// Si es reciente y no subsanable, desafortunadamente lo teneis crudo pues una posible sentencia en caso de juicio no será favorable. Si no es reciente, el juicio y sentencia se alargan pero acabas ganandolo.
******6º// En caso favorable el ayuntamiento sólo cubre los gastos sufridos en la moto (que previamente debereis haber peritado con vuestra compañía). Caso que hayais sufrido daños materiales (casco, cazadora, ropa, calzado o enseres tipo bolsas o mochilas) o daños físicos, la aseguradora y de forma paralela a la denuncia contra el ayuntamiento deberá iniciar un trámite con el Consorcio de Compensación de Seguros que es un organismo público (os paso el link por si quereis chafardear http://www.consorseguros.es/) quien asumirá, siempre que el atestado establezca dicha relacion causal del accidente, asumirá decia dichos gastos. En el caso de lesiones, abonará aprox 50€ por dia de baja laboral y 25€ por dia de baja médica, entendiendo por baja médica hasta que un profesional de la medicina (normalmente traumatólogo) indique en un informe los días que han conllevado tu proceso de recuperacion, es decir los dias que pasan entre que empiezas a trabajar de nuevo y que finalmente estas 100% curado gracias a rehabilitacion, ausencia de dolores musculares, fisioterapia...
El abono de esta indemnizacion por parte del Consorcio suele tardar unos 6 meses segun me indica el abogado
Buenos xmaxeros, he intentado ser lo más breve y se que no lo he conseguido pero espero que si por desgracia os veis envueltos en un tema de esto sigais estas pautas y...acabareis agradeciéndomelo
Salud a tod@s