Cambios en la normativa de tráfico...
Publicado: Jue 11/06/09 16:30
ME acaba de llegar esta información (que aun no he contrastado), pero a ver si es verdad y empiezan a aplicar algunas de estas reformas (sobre todo la última, que creo que es la única en la que nos va la vida):
La grúa no podrá retirar el coche de la zona azul y se permite detectar radares:
No se perderán puntos por parar o estacionar en el carril-bus o una curva
Tampoco si no se superan los 130 km/h en el acceso a las ciudades
Dejará de ser obligatorio llevar encima los documentos del coche
Un vehículo aparcado en zona azul sin la debida autorización no podrá ser retirado por la grúa aunque sí podrá ser multado, según una enmienda aprobada en la Comisión de Interior del Congreso a la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que ahora pasará al pleno de la Cámara Baja.
La enmienda, presentada por CiU y que ha sido apoyada por el resto de grupos parlamentarios, sí autoriza a la retirada del vehículo cuando éste se encuentre aparcado en un estacionamiento reservado a discapacitados, ya que en este caso el coche mal estacionado obstruye o dificulta la movilidad de otros usuarios.
Estacionar en estas plazas para discapacitados se considerará una falta grave, al igual que programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros.
- 'Conducción de forma negligente: Otro paquete de enmiendas introducido a la nueva ley de Seguridad Vial limita las infracciones en las que se pierden puntos del carné. El titular del permiso no perderá cuatro puntos como hasta ahora en los casos de "conducción de forma negligente", por ser ambiguo y llevar a la confusión del conductor.
- No se perderán puntos por parar en el carril-bus: Los conductores tampoco perderán puntos del carné, como sucedía ahora, por estacionar o parar en el carril-bus, en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o intersecciones. En estos casos el conductor podrá ser multado pero no verá reducidos sus puntos.
- No se perderán puntos en autopistas de acceso a ciudades: Tampoco conllevará pérdida de puntos el exceso de velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.
- Se permitirán los avisadores de radar: Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores de radares, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.
- ITV: Además, sólo se podrá pasar la ITV a un vehículo si se está al corriente de pago del seguro obligatorio. De este modo, a la entrada en vigor de la ley, las estaciones de ITV pedirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección.
- Deja de ser obligatorio llevar encima los documentos del coche: Durante la tramitación de la ley ya se habían introducido otras modificaciones al proyecto presentado inicialmente por el Gobierno. Entre ellas, la que acaba con la obligación de llevar en el coche toda la documentación, ya que deberá ser la Administración la que compruebe que el vehículo cuenta con todos los permisos.
La obligación del conductor se limitará a tener todos los documentos exigidos por la Ley en regla y vigentes, pero no a llevarlos físicamente en el vehículo.
- Descuento por pagar pronto las multas: En el procedimiento sancionador, se aumenta el descuento por "pronto-pago", que pasa a ser de hasta el 50% del importe de la multa que, además, podrá pagarse en el mismo momento de la denuncia y con tarjeta de crédito, acabando con un proceso farragoso para el ciudadano.
- Las multas financiarán la seguridad vial: La nueva Ley de Seguridad Vial, que se debatirá la semana que viene en el pleno del Congreso, obligará además al Gobierno a destinar todo lo recaudado por multas a políticas de seguridad vial, como supresión de puntos negros o sustitución de quitamiedos peligrosos.
A ver qué es verdad de todo esto.......
La grúa no podrá retirar el coche de la zona azul y se permite detectar radares:
No se perderán puntos por parar o estacionar en el carril-bus o una curva
Tampoco si no se superan los 130 km/h en el acceso a las ciudades
Dejará de ser obligatorio llevar encima los documentos del coche
Un vehículo aparcado en zona azul sin la debida autorización no podrá ser retirado por la grúa aunque sí podrá ser multado, según una enmienda aprobada en la Comisión de Interior del Congreso a la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que ahora pasará al pleno de la Cámara Baja.
La enmienda, presentada por CiU y que ha sido apoyada por el resto de grupos parlamentarios, sí autoriza a la retirada del vehículo cuando éste se encuentre aparcado en un estacionamiento reservado a discapacitados, ya que en este caso el coche mal estacionado obstruye o dificulta la movilidad de otros usuarios.
Estacionar en estas plazas para discapacitados se considerará una falta grave, al igual que programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros.
- 'Conducción de forma negligente: Otro paquete de enmiendas introducido a la nueva ley de Seguridad Vial limita las infracciones en las que se pierden puntos del carné. El titular del permiso no perderá cuatro puntos como hasta ahora en los casos de "conducción de forma negligente", por ser ambiguo y llevar a la confusión del conductor.
- No se perderán puntos por parar en el carril-bus: Los conductores tampoco perderán puntos del carné, como sucedía ahora, por estacionar o parar en el carril-bus, en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o intersecciones. En estos casos el conductor podrá ser multado pero no verá reducidos sus puntos.
- No se perderán puntos en autopistas de acceso a ciudades: Tampoco conllevará pérdida de puntos el exceso de velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.
- Se permitirán los avisadores de radar: Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores de radares, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.
- ITV: Además, sólo se podrá pasar la ITV a un vehículo si se está al corriente de pago del seguro obligatorio. De este modo, a la entrada en vigor de la ley, las estaciones de ITV pedirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección.
- Deja de ser obligatorio llevar encima los documentos del coche: Durante la tramitación de la ley ya se habían introducido otras modificaciones al proyecto presentado inicialmente por el Gobierno. Entre ellas, la que acaba con la obligación de llevar en el coche toda la documentación, ya que deberá ser la Administración la que compruebe que el vehículo cuenta con todos los permisos.
La obligación del conductor se limitará a tener todos los documentos exigidos por la Ley en regla y vigentes, pero no a llevarlos físicamente en el vehículo.
- Descuento por pagar pronto las multas: En el procedimiento sancionador, se aumenta el descuento por "pronto-pago", que pasa a ser de hasta el 50% del importe de la multa que, además, podrá pagarse en el mismo momento de la denuncia y con tarjeta de crédito, acabando con un proceso farragoso para el ciudadano.
- Las multas financiarán la seguridad vial: La nueva Ley de Seguridad Vial, que se debatirá la semana que viene en el pleno del Congreso, obligará además al Gobierno a destinar todo lo recaudado por multas a políticas de seguridad vial, como supresión de puntos negros o sustitución de quitamiedos peligrosos.
A ver qué es verdad de todo esto.......