Accidente con mi x 125
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Accidente con mi x 125
Hola foreros, anoche volvía de un ensayo y iba por una calle de sentido único, bastante ancha por cierto, la cuestión es que iba detras de un cochea unos 2 metros y arrimado a la derecha, total que el tio se ve que vió un sitio para aparcar y dió un frenazo y se me cruzó (sin poner intermitente), total que no me dio tiempo a frenar y le di por el lado. Resultado chapas laterales delanteras rotas, chapa frontal fisurada y dirección doblada. Alguien me puede dar su opinión sobre quien tiene la culpa, porque no hay testigos y es la palabra del tio del coche contra la mia. Y también si alguien sabe en el caso de tener yo la culpa lo que me puede costar la broma...
Gracias de antemano.
Os dejo unas fotos:
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- gijonmax
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Re: Accidente con mi x 125
No mantuviste una distancia de seguridad adecuada, es un choque por alcance, pagas tú.
Existen otras formas de reparar vuestra moto, yo conozco algunas.
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Re: Accidente con mi x 125
+1gijonmax escribió:No mantuviste una distancia de seguridad adecuada, es un choque por alcance, pagas tú.
La broma pues nose por cuanto,eso segun si lo cambias todo,porque si la direccion es mucho,hay ya tienes bastante gastos!
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Re: Accidente con mi x 125
Bueno... esa es la norma general... pero depende mucho de las situaciones,,,, conozco mas de un caso de colision por alcance siendo el culpable el del frenazo...
Aun asi prepara billetes... y para otra vez, quejate de algo y que vayan servicios de emergencia... para que??... muy facil atestado por parte de las FUerzas competenetes en materia de trafico... que siempre valen de algo.
Suerte... pero eso pinta feo
Aun asi prepara billetes... y para otra vez, quejate de algo y que vayan servicios de emergencia... para que??... muy facil atestado por parte de las FUerzas competenetes en materia de trafico... que siempre valen de algo.
Suerte... pero eso pinta feo
- xymox13
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Re: Accidente con mi x 125
Aunque tu no mantubieses la distancia que eso no es cierto por supuesto este elemento no puede frenar de manera subita y sorpresiva y menos sin indicar con el intermitente que se va a parar o indicar cualquier tipo de cambio o frenazo por que asi y como lo hizo subitamente y sorpresivamente no te dio el suficiente tiempo para frenar sin bloquear de un frenazo en seco tu moto,pues te hubieras caido tambien ,asi que habla con tu abogado,no el de la compañia sino uno que te busques tu por tu cuenta ,pues si no lo haces asi llegaran a un acuerdo entre compañias y te comeras el marronzito tu solo con el rollo de que si no has mantenido la distancia que si patatin y si patatan ,asi que tu has mantenido la distancia pero el señorito del coche te ha frenado y que no se te olvide subita y sorpresivamente sin utilizar la luz intermitente para indicar la maniobra que quisiera utilizar,que es muy bonito tener intermitentes y no usarlos.
Espero Haberte Ayudado,acuerdate subita y sorpresivamente .
Oscar.
P.D:Otra cosa importante es que actuara ,o se personara los de atestados ,que es lo que hay que hacer en estos casos ,porque supongo que habra marcas en el suelo causadas por el frenazo,pues de hay es donde ellos toman las medidas y sacan conclusiones a favor o en contra de otro si no hay atestado jodido esta el tema ,porque un juez se va ha amparar a lo que diga el atestado y las declaraciones de unos y de otros,aunque siempre hay un amigo que estaba alli y lo vio y no se dio cuenta de que eras tu y por eso ni se paro y siguio su camino por ejemplo.
Por cierto no te duelen las cervicales ni las rodillas de darte el golpe,porque como bien dice el compañero del anterior respuesta ,siempre hay que llamar a la ambulancia y a la guardia urbana ,locales etc pues es muy importante como ya te he comentado anteriormente.
Espero Haberte Ayudado,acuerdate subita y sorpresivamente .
Oscar.
P.D:Otra cosa importante es que actuara ,o se personara los de atestados ,que es lo que hay que hacer en estos casos ,porque supongo que habra marcas en el suelo causadas por el frenazo,pues de hay es donde ellos toman las medidas y sacan conclusiones a favor o en contra de otro si no hay atestado jodido esta el tema ,porque un juez se va ha amparar a lo que diga el atestado y las declaraciones de unos y de otros,aunque siempre hay un amigo que estaba alli y lo vio y no se dio cuenta de que eras tu y por eso ni se paro y siguio su camino por ejemplo.
Por cierto no te duelen las cervicales ni las rodillas de darte el golpe,porque como bien dice el compañero del anterior respuesta ,siempre hay que llamar a la ambulancia y a la guardia urbana ,locales etc pues es muy importante como ya te he comentado anteriormente.
- JaviXMax
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Re: Accidente con mi x 125
Que le den a la moto, al atestado y a todo lo demás....tu estas bien?
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Re: Accidente con mi x 125
Espero que estés bien compañero y sin testigos ni atestado lo veo xungo.
Oscar te ha aconsejado bien y es lo que deberias hacer.
Espero que no te toque pagar que las tapitas valen una pasta.
Suerte.
Oscar te ha aconsejado bien y es lo que deberias hacer.
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- xmaxer@ junior
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Re: Accidente con mi x 125
tampoco es eso... esta claro que el esta bien.. porque esta escribiendo.. pero??.. y mañana su bolsillo??.. atestados siempre... e di igual manera, como sabes que no tienes algun traumatismo... Emergencias SIEMPRE... para eso estan...JaviXMax escribió:Que le den a la moto, al atestado y a todo lo demás....tu estas bien?
Suerte y mucho animo
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Re: Accidente con mi x 125
Hola, te cuento, si no hay testigos, ni atestado, lo veo mal. Lo digo porque yo vengo de algo parecido, de un coche que me impacto por detrás, y como tampoco tenía testigos ni atestado policial, en el juicio fue la versión mia contra la suya.puchol11 escribió:Hola foreros, anoche volvía de un ensayo y iba por una calle de sentido único, bastante ancha por cierto, la cuestión es que iba detras de un cochea unos 2 metros y arrimado a la derecha, total que el tio se ve que vió un sitio para aparcar y dió un frenazo y se me cruzó (sin poner intermitente), total que no me dio tiempo a frenar y le di por el lado. Resultado chapas laterales delanteras rotas, chapa frontal fisurada y dirección doblada. Alguien me puede dar su opinión sobre quien tiene la culpa, porque no hay testigos y es la palabra del tio del coche contra la mia. Y también si alguien sabe en el caso de tener yo la culpa lo que me puede costar la broma...
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Y falló el magistrado absolviendo a la denunciada, puesto que según el mismo, lo que vale es la presunción de inocencia, y no tuve forma de demostrar su culpabilidad.
Salí con un cabreo que no veas, pero incomprensiblemente es así.
Saludos
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Re: Accidente con mi x 125
espero que tengas lo minimo en el cuerpo!!!
por la moto lucha la vida!!!, que te la intenten reparar, pero adelantar tendras que adelantar dinerillo. A no ser que quieras esperas hasta que salga el juicio si lo hay.
por la moto lucha la vida!!!, que te la intenten reparar, pero adelantar tendras que adelantar dinerillo. A no ser que quieras esperas hasta que salga el juicio si lo hay.
- barbas
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Re: Accidente con mi x 125
¿Pero que alegó? ¿Que na había sido ella? ¿que tú circulabas marcha atrás? ¿Que hiciste una maniobra imprudente?masando escribió:Hola, te cuento, si no hay testigos, ni atestado, lo veo mal. Lo digo porque yo vengo de algo parecido, de un coche que me impacto por detrás, y como tampoco tenía testigos ni atestado policial, en el juicio fue la versión mia contra la suya.
Y falló el magistrado absolviendo a la denunciada, puesto que según el mismo, lo que vale es la presunción de inocencia, y no tuve forma de demostrar su culpabilidad.
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Porque si no, que el colega diga "Yo no fui".
Julio - Socio 95 - Xmax 250c LR
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Re: Accidente con mi x 125
En primer lugar, espero que estés bien y no haya sufrido lesiones, respecto a quién tiene la culpa, paso a exponerte cual fue la causa directa del accidente, desde mi opinión y sin haber analizado el escenario del accidente, huellas de frenada, daños de los vehículos, etc., y cual fue el factor determinante.
Para ello es necesario dividir el proceso en tres partes (pericial, legislación y conclusión), y de esta forma comprenderás cual es la causa directa del accidente (la culpa como tu dices).
• Pericial. En la investigación de un accidente de tráfico intervienen algunos factores que en muchas ocasiones no son la causa directa del accidente, me explico: Todo investigador subdivide el accidente para su estudio en tres fases (percepción posible, real y punto de conflicto), desde la segunda hasta el punto de colisión/conflicto se determina la distancia de reacción (+/- 0,75 segundos) que es el tiempo que pasa desde que el conductor percibe una situación en la que debe frenar hasta que acciona el sistema de frenado. Ese tiempo depende del estado de conductor, de sus reflejos, del nivel de alerta, del cansancio o de si ha bebido alcohol, del vehículo, etc.. y que vulgarmente lo asociamos a la distancia de seguridad cuyo cálculo aproximado es 0,5 metros por cada kilometro/hora de velocidad (en calzada seca, el doble sobre mojado), con lo que si circulamos en seco a 50 km/h: Distancia de Seguridad = 50 x 0,5 = 52 = 25 metros.
• Legislación. Circular detrás de otro vehículo sin dejar espacio libre que le permita detenerse, sin colisionar, en caso de frenada brusca del que le precede constituye una infracción al artículo 54 del RGC (Reglamento General de Circulación, en consonancia con el artículo 20 LSV (Ley Seguridad Vial). Ahora bien, la LSV en su texto actualizado.( modificaciones Ley 18/2009, de 23 de noviembre y 25/2009, de 22 de diciembre), especifica en el artículo 20 Distancias y velocidad exigible que salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y está obligado a advertirlo previamente y a realizarlo de forma que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo, de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca.
• Conclusión. En el caso que expone con los condicionantes arriba referenciados la causa directa del accidente fue el incumplimiento por tu parte del artículo 54 del RGC y como factor desencadenante fue la acción antirreglamentaria del conductor que te precedía (artículo 20 de la LSV).
Saludos
Javier
Para ello es necesario dividir el proceso en tres partes (pericial, legislación y conclusión), y de esta forma comprenderás cual es la causa directa del accidente (la culpa como tu dices).
• Pericial. En la investigación de un accidente de tráfico intervienen algunos factores que en muchas ocasiones no son la causa directa del accidente, me explico: Todo investigador subdivide el accidente para su estudio en tres fases (percepción posible, real y punto de conflicto), desde la segunda hasta el punto de colisión/conflicto se determina la distancia de reacción (+/- 0,75 segundos) que es el tiempo que pasa desde que el conductor percibe una situación en la que debe frenar hasta que acciona el sistema de frenado. Ese tiempo depende del estado de conductor, de sus reflejos, del nivel de alerta, del cansancio o de si ha bebido alcohol, del vehículo, etc.. y que vulgarmente lo asociamos a la distancia de seguridad cuyo cálculo aproximado es 0,5 metros por cada kilometro/hora de velocidad (en calzada seca, el doble sobre mojado), con lo que si circulamos en seco a 50 km/h: Distancia de Seguridad = 50 x 0,5 = 52 = 25 metros.
• Legislación. Circular detrás de otro vehículo sin dejar espacio libre que le permita detenerse, sin colisionar, en caso de frenada brusca del que le precede constituye una infracción al artículo 54 del RGC (Reglamento General de Circulación, en consonancia con el artículo 20 LSV (Ley Seguridad Vial). Ahora bien, la LSV en su texto actualizado.( modificaciones Ley 18/2009, de 23 de noviembre y 25/2009, de 22 de diciembre), especifica en el artículo 20 Distancias y velocidad exigible que salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y está obligado a advertirlo previamente y a realizarlo de forma que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo, de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca.
• Conclusión. En el caso que expone con los condicionantes arriba referenciados la causa directa del accidente fue el incumplimiento por tu parte del artículo 54 del RGC y como factor desencadenante fue la acción antirreglamentaria del conductor que te precedía (artículo 20 de la LSV).
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Javier
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Re: Accidente con mi x 125
Pues mira Barbas, alegó la muy desgrac.... que yo circulaba en paralelo por su derecha y de repente salí de la nada y me eché encima de ella, pegandole yo, flipa, pegándole yo eh, con mi moto en su coche.barbas escribió:¿Pero que alegó? ¿Que na había sido ella? ¿que tú circulabas marcha atrás? ¿Que hiciste una maniobra imprudente?masando escribió:Hola, te cuento, si no hay testigos, ni atestado, lo veo mal. Lo digo porque yo vengo de algo parecido, de un coche que me impacto por detrás, y como tampoco tenía testigos ni atestado policial, en el juicio fue la versión mia contra la suya.
Y falló el magistrado absolviendo a la denunciada, puesto que según el mismo, lo que vale es la presunción de inocencia, y no tuve forma de demostrar su culpabilidad.
Salí con un cabreo que no veas, pero incomprensiblemente es así.
Saludos
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Re: Accidente con mi x 125
Pues que bueno. Supongo que estaría cargada de testigos.
En ocasiones no se como hacemos para que siempre nos caiga la piedra.
Pero aunque ahora ya no pueda justificarlo -testigos, atestados, etc.-, un frenazo brusco de quien te precede, para aparcar por ejemplo, también puede hacer responsable a quien recibe el golpe por detrás y no a quien lo da. Dime que es un canto al sol, pero bueno: La norma lo pone.
En ocasiones no se como hacemos para que siempre nos caiga la piedra.
alkarika escribió:... • Legislación. ... todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y está obligado a advertirlo previamente y a realizarlo de forma que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo, de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca.
• Conclusión. En el caso que expone con los condicionantes arriba referenciados la causa directa del accidente fue el incumplimiento por tu parte del artículo 54 del RGC y como factor desencadenante fue la acción antirreglamentaria del conductor que te precedía (artículo 20 de la LSV).
Saludos
Javier
Pero aunque ahora ya no pueda justificarlo -testigos, atestados, etc.-, un frenazo brusco de quien te precede, para aparcar por ejemplo, también puede hacer responsable a quien recibe el golpe por detrás y no a quien lo da. Dime que es un canto al sol, pero bueno: La norma lo pone.
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Re: Accidente con mi x 125
Que putadón, lo siento.
Respecto al importe de la reparación... te cuento, que igual te sirve para hacerte una idea:
Yo compré mi X Max (125 cc. 2010, como la tuya) a un tipo que se había dado una piña y su mujer le obligó a venderla. Previa reparación completa. La suya fué una caida, no una colisión. Pero los daños, según me contó, eran muy parecidos a los tuyos.
Tapas laterales, frontal, intermitentes... eso si nada mecánico (ni dirección ni ná).
Me enseñó la factura de la reparación y superaba los 1500 € (Qué dolor). Hasta la pegatinita de X Max le pusieron nueva...
Esperemos tengas suerte y te salga mas barato. O, si no, consigas te pagen todo o parte de la reparación. (Cosa que veo difícil. Siendo una colisión por alcancé sin respetar "la distancia de seguridad).
Ánimo y suerte.
Respecto al importe de la reparación... te cuento, que igual te sirve para hacerte una idea:
Yo compré mi X Max (125 cc. 2010, como la tuya) a un tipo que se había dado una piña y su mujer le obligó a venderla. Previa reparación completa. La suya fué una caida, no una colisión. Pero los daños, según me contó, eran muy parecidos a los tuyos.
Tapas laterales, frontal, intermitentes... eso si nada mecánico (ni dirección ni ná).
Me enseñó la factura de la reparación y superaba los 1500 € (Qué dolor). Hasta la pegatinita de X Max le pusieron nueva...
Esperemos tengas suerte y te salga mas barato. O, si no, consigas te pagen todo o parte de la reparación. (Cosa que veo difícil. Siendo una colisión por alcancé sin respetar "la distancia de seguridad).
Ánimo y suerte.