itv y susto con policia "ladrillo"

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txavisson
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Mensaje por txavisson » Vie 04/12/09 13:46

a mi siempre me llegan las cartitas de marras, y me heche a llorar cuando me llego la del ciclomotor, con todo el marron que me conllevaba, revision + limitar y deslimitar + ITV = 360 pepis :evil: :evil:
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Mensaje por X-MeRiNo » Vie 04/12/09 15:23

txavisson escribió:a mi siempre me llegan las cartitas de marras, y me heche a llorar cuando me llego la del ciclomotor, con todo el marron que me conllevaba, revision + limitar y deslimitar + ITV = 360 pepis :evil: :evil:
:L :L :L :L por ese precio te compras una 49c.c nueva!!! :mrgreen: :mrgreen:
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Mensaje por mikekimi » Vie 04/12/09 19:25

Golfo1234, te contesto:

En el Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos indice en su artículo 6 sobre la frecuencia de todos los vehículos.

Supongo que lo que más nos interesa, por la general pues son vehículos más habituales, son los apartados A, B y C que son para motos, ciclomotores y coches, respectivamente, o más bien entendible para vehículos asociados con los permisos A1, A y la licencia de ciclomotores de 2 ruedas... cito:

"Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros.
Antigüedad:

Hasta cuatro años: exento.

De más de cuatro años: bienal.

Ciclomotores de dos ruedas.

Antigüedad:

Hasta tres años: exento.

De más de tres años: bienal.

Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidos los que figuran en los epígrafes a y b, con capacidad hasta nueve plazas, incluido el conductor, autocaravanas y vehículos vivienda.

Antigüedad:

Hasta cuatro años: exento.

De más de cuatro años: bienal.

De más de diez años: anual.".

Ya de paso queda contestado así para que se sepa...

Bueno, y deciros que el 8 de diciembre entra en vigor el nuevo Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores que, a pesar de ser aprobado el 8 de mayo dice en su Disposición final sexta:

"Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 8 de mayo de 2009"

8 de mayo de 2009 + 6 meses = 8 de diciembre de 2009 :lol:

Echadle un vistazo si queréis pues cambian cosillas... nuevo carné, nuevos persmisos (AM, A2), se requerirá un título profesional tipo FP por un curso de 280h para novatos y de 35h para veteranos para los conductores profesionales de mercancías y personas además de los permisos C,C1, D o D1 llamado CAP, se permitirá conducir un turismo (B) sin remolque pasando los 3500kg hasta los 4250kg superando un curso, etc...

El enlace es este: http://www.dgt.es/was6/portal/contenido ... ico144.pdf

...y para semana santa del 2010 entra en vigor la nueva Ley de Tráfico.

Las cosas se endurecen por lo general y habrá que estar más al loro como por ejemplo con no identificar al conductor el titular de un vehículo en una foto de radar creo que rondará los 1500€, inhibidores de radar 6000 y 6 puntos, talleres que lo instales 20000€... infracciones leves, graves y muy graves a 100, 200 y 500€ a 50% de descuento por pronto pago (se acabó que un municipio hagan el 70% de descuento y pongan las sanciones en un baremo que aún existe) y un largo etc que no se resume a multas pero como sé que jode que toquen el bolsillo se avisa de lo que han aprobado los políticos en el Congreso.

En fin, espero haber contestado y no queden dudas! (y si las hay, preguntad que contestaré cuando pueda :L )

Un abrazo :wink:
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Mensaje por meloalfonso » Vie 04/12/09 20:29

mas claro imposible!!!!!

Gracias kiki!!!!!!!! asi me entero yo tambien

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