Cambiar a matrícula española
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Cambiar a matrícula española
Hola gente!
Estoy pensando en la posibilidad de volver a España, y quisiera saber si alguno de vosotros está enterado de los pasos a seguir (y si es posible de los costes) para rematricular una moto extranjera. Ahora mismo tengo la matrícula italiana y está todo a mi nombre.
Mil gracias!!
Estoy pensando en la posibilidad de volver a España, y quisiera saber si alguno de vosotros está enterado de los pasos a seguir (y si es posible de los costes) para rematricular una moto extranjera. Ahora mismo tengo la matrícula italiana y está todo a mi nombre.
Mil gracias!!
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- jliriz
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Re: Cambiar a matrícula española
http://www.dgt.es/was6/portal/contenido ... trordi.pdf
MATRICULACIÓN ORDINARIA DE VEHÍCULOS
Este trámite ha de solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del
interesado.
Solicitud en impreso oficial. (Impreso disponible en
http://www.dgt.es)
Tasa por importe de 91,80 €, excepto
ciclomotores 25,60 €.
Identificación del interesado:
Personas físicas; documento oficial que
acredite la identidad y domicilio del titular
(DNI, permiso de conducción español, tarjeta
de residencia, pasaporte más Número de
Identificación de Extranjeros).
Personas jurídicas: tarjeta de identificación
fiscal de la sociedad y acreditar la
representación e identidad del que
firme.(Modelo disponible en http://www.dgt.es)
Menores o incapacitados: datos y firma del
padre, madre o tutor, su DNI y documento
que acredite el concepto por el que actúen.
Documentación del vehículo: Tarjeta de ITV,
con hoja rosa y hoja azul con la diligencia de
venta, o en su defecto factura o acta de
adjudicación si procede de subasta.
Impuestos:
Justificante del pago o exención del
Impuesto de Circulación del Ayuntamiento
en el que tenga su domicilio el solicitante
(original o fotocopia).
Justificante del pago/exención/no sujeción
del Impuesto de Matriculación (modelo 576,
06 o 05 de la Agencia Estatal Tributaria,
http://www.aeat.es), excepto en el caso de
remolques.
Además de los documentos anteriores:
Vehículos agrícolas: documento acreditativo de la
inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria
Agrícola de la Comunidad Autónoma.
Certificado de autorización de transportes: si se
trata de un autobús, o un vehículo de transporte
de mercancías con una MMA superior a 6
toneladas y una carga que exceda de 3,5
toneladas.
Vehículos nuevos adquiridos en la UE: justificar
el pago del IVA (modelo 309 o 300 de la Agencia
Estatal Tributaria) o acreditar estar
incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA y
ficha técnica expedida por la ITV.
Vehículos usados adquiridos en la UE:
Documentación original del vehículo y, además:
Si se trata de venta entre particulares, contrato
de compraventa acompañada de traducción e
Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales.
Si el vehículo se adquiere a un compraventa de
país distinto de España, se aportará factura en
la que figure el número de IVA.
Si el vehículo se adquiere a un compraventa
español, se aportará factura y documento
expedido por Hacienda, justificativo de estar
dado de alta en esa actividad durante el
ejercicio correspondiente.
Ficha técnica expedida por la ITV.
Vehículos adquiridos en terceros países:
Documentación original del vehículo y Documento
Único Administrativo (DUA) expedido por la
Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la
diligencia de importación del vehículo.
NOTA: Si no presenta el trámite el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste, en la que se
haga constar la gratuidad (modelo disponible en http://www.dgt.es)[/b]
MATRICULACIÓN ORDINARIA DE VEHÍCULOS
Este trámite ha de solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del
interesado.
Solicitud en impreso oficial. (Impreso disponible en
http://www.dgt.es)
Tasa por importe de 91,80 €, excepto
ciclomotores 25,60 €.
Identificación del interesado:
Personas físicas; documento oficial que
acredite la identidad y domicilio del titular
(DNI, permiso de conducción español, tarjeta
de residencia, pasaporte más Número de
Identificación de Extranjeros).
Personas jurídicas: tarjeta de identificación
fiscal de la sociedad y acreditar la
representación e identidad del que
firme.(Modelo disponible en http://www.dgt.es)
Menores o incapacitados: datos y firma del
padre, madre o tutor, su DNI y documento
que acredite el concepto por el que actúen.
Documentación del vehículo: Tarjeta de ITV,
con hoja rosa y hoja azul con la diligencia de
venta, o en su defecto factura o acta de
adjudicación si procede de subasta.
Impuestos:
Justificante del pago o exención del
Impuesto de Circulación del Ayuntamiento
en el que tenga su domicilio el solicitante
(original o fotocopia).
Justificante del pago/exención/no sujeción
del Impuesto de Matriculación (modelo 576,
06 o 05 de la Agencia Estatal Tributaria,
http://www.aeat.es), excepto en el caso de
remolques.
Además de los documentos anteriores:
Vehículos agrícolas: documento acreditativo de la
inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria
Agrícola de la Comunidad Autónoma.
Certificado de autorización de transportes: si se
trata de un autobús, o un vehículo de transporte
de mercancías con una MMA superior a 6
toneladas y una carga que exceda de 3,5
toneladas.
Vehículos nuevos adquiridos en la UE: justificar
el pago del IVA (modelo 309 o 300 de la Agencia
Estatal Tributaria) o acreditar estar
incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA y
ficha técnica expedida por la ITV.
Vehículos usados adquiridos en la UE:
Documentación original del vehículo y, además:
Si se trata de venta entre particulares, contrato
de compraventa acompañada de traducción e
Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales.
Si el vehículo se adquiere a un compraventa de
país distinto de España, se aportará factura en
la que figure el número de IVA.
Si el vehículo se adquiere a un compraventa
español, se aportará factura y documento
expedido por Hacienda, justificativo de estar
dado de alta en esa actividad durante el
ejercicio correspondiente.
Ficha técnica expedida por la ITV.
Vehículos adquiridos en terceros países:
Documentación original del vehículo y Documento
Único Administrativo (DUA) expedido por la
Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la
diligencia de importación del vehículo.
NOTA: Si no presenta el trámite el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste, en la que se
haga constar la gratuidad (modelo disponible en http://www.dgt.es)[/b]
Jose Luis. Yamaha X-Max 125 Julio'08 (+65.000 km) y Yamaha T-Max ABS Junio'10 (+80.000 km).
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Re: Cambiar a matrícula española
Ok, entonces, por lo que parece, tengo que ir antes a pasar la ITV, no?
¿Puedo pasar la ITV con matrícula extranjera?
¿Puedo pasar la ITV con matrícula extranjera?
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Re: Cambiar a matrícula española
Jose Luis entras poco al foro,pero cuando entras dejas huella!!!
Muchas gracias por ayudar tanto a los compis...
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||*...MeRiNo...*|| ==> YaMaHa XmaX 250i WhiTe&bLaCk-XeNoN.. LiMiTeD eDiTiOn...<==
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Re: Cambiar a matrícula española
Puedes pasar la ITV sin ningun problema. Es una ITV Voluntaria, ya que al no ser un vehiculo con documentacion española, no estaria obligado a ello.javitube escribió:Ok, entonces, por lo que parece, tengo que ir antes a pasar la ITV, no?
¿Puedo pasar la ITV con matrícula extranjera?
Un saludo.
Jose Luis. Yamaha X-Max 125 Julio'08 (+65.000 km) y Yamaha T-Max ABS Junio'10 (+80.000 km).
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Re: Cambiar a matrícula española
X-MeRiNo escribió:Jose Luis entras poco al foro,pero cuando entras dejas huella!!!
Muchas gracias por ayudar tanto a los compis...
Poco no entro, entro todos los dias varias veces. Lo que ocurre es que solo escribo cuando creo que tengo algo interesante que decir.
Un saludo
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Re: Cambiar a matrícula española
Mejor explicado, imposible! Felicidades Jose Luis, esto es echarle un cable a un compañero, si señor!!
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Re: Cambiar a matrícula española
¿No se puede circular siempre con la matricula italiana en España?
Mis anteriores motos: Derbi Variant trucada- Gilera KZ 125 Endurance- Yamaha SR250- Yamaha FZR 600 '91- otra Yamaha SR250- Honda CB 250- Yamaha X-MAX 250 '06- Kymco Agility 125- Yamaha MT-03 660- Honda SH 300i ABS- Honda CB 500 X ABS
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Re: Cambiar a matrícula española
Mientras no te paren, por poder puedes. El problema es el de siempre, el tema de los impuestos. Si tu compras un vehiculo fuera y pagas los impuestos fuera, lo comprarias en el pais donde estos impuestos fueran menores. Por el contrario, en el pais donde usaras este vehiculo, el estado estaria a dos velas en cuanto a recaudacion.- escribió:¿No se puede circular siempre con la matricula italiana en España?
Tambien por el tema de los seguros que te cubren si vas de viaje al extranjero, pero no te cubre si vives permanentemente alli (es decir vives en España menos de 183 dias al año).
Una persona de nacionalidad española o residencia en España, no podrá tener a su titularidad (reflejada en el permiso de circulación) un vehículo con matrícula extranjera y circular por las vías públicas, por lo que hasta que obtenga la matriculación definitiva deberá solicitar dichas placas temporales, no pudiendo circular con las extranjeras.
El problema para los que llevan estos vehículos viene porque la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales obliga en el Art. 65.1 d) a solicitar la matriculación definitiva del vehículo en España en los 30 días siguientes al inicio de su utilización por persona residente en España, lo que implica el pago del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, más conocido como Impuesto de Matriculación, dentro de ese mismo plazo.
En caso de no hacerlo tendrias detras a los de aduanas por importar un bien y no pasar por caja.
Un saludo.
Jose Luis. Yamaha X-Max 125 Julio'08 (+65.000 km) y Yamaha T-Max ABS Junio'10 (+80.000 km).
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Re: Cambiar a matrícula española
Qué curiosos, los vericuetos e intríngulis de la ley . Oye Jose Luis, y perdona la indiscreción, tú de que curras que estás tan puesto????????
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Re: Cambiar a matrícula española
Pues vaya putada tener que matricular la moto de nuevo pagando pasta!! Todo por la pasta!!
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Re: Cambiar a matrícula española
Actualmente dedico mi tiempo a esto:knibal666 escribió:Qué curiosos, los vericuetos e intríngulis de la ley . Oye Jose Luis, y perdona la indiscreción, tú de que curras que estás tan puesto????????
http://www.urjc.es/comunidad_universita ... index.html
Si alguno del club cumple las condiciones y quiere universe, Bienvenido.
Tambien se podria mirar de tener algun acuerdo o hacer alguna salida conjunta. Esto ultimo es dificill por el poco movimiento.
Un saludo.
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Re: Cambiar a matrícula española
Totalmente de acuerdo... que ademas no es poca la que toca pagar...- escribió:Pues vaya putada tener que matricular la moto de nuevo pagando pasta!! Todo por la pasta!!
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Re: Cambiar a matrícula española
Yo conozco de vista a un chaval que tiene una moto con matricula francesa desde hace por lo menos 2 años y circula casi todos los dias con ella. Como digo solo lo veo pasar con frecuencia pero me resulta chocante. Asi que como poderse, se puede; pero no se en que condiciones, ni si le paran que le pueden hacer. Esta claro que lo que manda es la pasta $$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$
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Re: Cambiar a matrícula española
Una noble causa, felicidades!jliriz escribió:Actualmente dedico mi tiempo a esto:knibal666 escribió:Qué curiosos, los vericuetos e intríngulis de la ley . Oye Jose Luis, y perdona la indiscreción, tú de que curras que estás tan puesto????????
http://www.urjc.es/comunidad_universita ... index.html
Si alguno del club cumple las condiciones y quiere universe, Bienvenido.
Tambien se podria mirar de tener algun acuerdo o hacer alguna salida conjunta. Esto ultimo es dificill por el poco movimiento.
Un saludo.
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